REGISTRO DE DEMANDA

Vivienda convencional



¿En qué consiste?

La construcción de viviendas de interés social es una política pública y para el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos debe priorizar la equidad e inclusión de los ciudadanos.

El IAPV como organismo ejecutor de la política habitacional entrerriana plantea el acceso a la primera vivienda mediante diversos programas.

Para ello los aspirantes deberán inscribirse y/o actualizar los datos del Registro Único y Permanente de Demanda Habitacional dependiente del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia de Entre Ríos.

La inscripción reviste carácter de declaración jurada y nos permite conocer la realidad de las familias y sus necesidades habitacionales para poder incluirlas en alguna de las operatorias vigentes y poder así participar de futuros sorteos.

Requisitos

  • Encontrarse inscripto en el Registro de Demanda Online de I.A.P.V.
  • Haber actualizado los datos durante los últimos 12 meses.
  • Poseer Documento Nacional de Identidad o ser nacionalizado/a.
  • Ser mayor de edad (18 años), o emancipado judicialmente.
  • No ser deudor alimentario, según certificación emitida por Registro de Deudores Alimentarios de la Provincia de Entre Ríos.
  • Constituir grupo familiar,  el que podrá estar conformado por:
    1. Matrimonio.
    2. Uniones convivenciales, acreditadas por Acta de Unión Convivencial expedida por el Registro Civil.
    3. Pareja de personas unidas por lazos consensuales (convivientes), con hijo o menor a cargo bajo Tenencia con Sentencia Judicial figuras legales posibles, o embarazo de seis (6) meses, certificado por un profesional médico.
    4. Dos o más personas unidas por lazos consanguíneos en líneas ascendentes o descendentes en primer grado, en convivencia (madre-hijo/a o padre-hijo/a).
    5. Dos o más personas convivientes, unidas por lazos consanguíneos, colaterales de Primer Grado -hermanos- y que al menos dos sean mayores de 40 años de edad.
  • No podrán haber sido beneficiarios de algún programa estatal de la vivienda, Nacional, Provincial o Municipal u otra asistencia promovida por el Estado.
  • Contar con ingresos formales:
    1. ingresos comprendidos entre 1 (uno) y 8 (ocho) salarios mínimos vital y móvil;
  • Ningún integrante del grupo familiar podrá ser propietario de bienes inmuebles o muebles, de valor equivalente al costo de la vivienda pretendida.
  • Ningún integrante del grupo familiar podrá haber sido titular de un bien inmueble por el plazo de 2 años anteriores contados a partir de la fecha del sorteo.
  • Para empleados en relación de dependencia se considerará situación de revista de Planta Permanente o Contratos de Servicio, con una antigüedad mínima de 1 año.
  • Para trabajadores independientes o autónomos, se requerirá la inscripción al monotributo con una antigüedad mínima requerida de 1 año en la categoría que comprenda el monto de ingreso mínimo requerido y último tres pagos.
  • El grupo familiar deberá residir en la localidad donde se construye el conjunto habitacional para el cual se postula, o en su radio de influencia, o que desarrolle su actividad laboral en la misma.

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